La normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas en Perú establece la información que deben presentar los envases, empaques y etiquetas de productos como pisco, vino, cerveza, ron, whisky, licores, cócteles y otras bebidas con contenido alcohólico.
Cumplir estas disposiciones no solo permite comercializar legalmente una bebida en el mercado peruano. También facilita la identificación del producto, protege al consumidor, permite rastrear los lotes fabricados o importados y reduce el riesgo de observaciones, inmovilizaciones o sanciones por parte de las autoridades competentes.
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¿Qué normas regulan el etiquetado de bebidas alcohólicas?
El etiquetado de bebidas alcohólicas no depende de una sola disposición. En la práctica, las empresas deben revisar un conjunto de normas generales, sanitarias y técnicas.
Ley N.° 28681 y su reglamento sobre el etiquetado de bebidas alcohólicas
La Ley N.° 28681 regula la comercialización, el consumo y la publicidad de bebidas alcohólicas en Perú. Su reglamento fue aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 012-2009-SA.
Esta regulación establece obligaciones para fabricantes, importadores, distribuidores, comercializadores y anunciantes. También contempla la advertencia sanitaria que debe aparecer en los envases y empaques de bebidas alcohólicas.
Decreto Legislativo N.° 1304
El Decreto Legislativo N.° 1304 aprueba la Ley de Etiquetado y Verificación de los Reglamentos Técnicos de los Productos Industriales Manufacturados. Su finalidad es establecer reglas generales para la información que deben presentar los productos industriales destinados al consumidor final.
Esta norma se complementa con el Decreto Supremo N.° 007-2024-PRODUCE, que aprobó el reglamento de la ley y desarrolló aspectos relacionados con la verificación, fiscalización e infracciones.
Normas sanitarias de DIGESA sobre el etiquetado de bebidas alcohólicas
Las bebidas alcohólicas industrializadas también pueden estar sujetas a las reglas sanitarias aplicables a alimentos y bebidas de consumo humano. En este ámbito, DIGESA interviene en la evaluación y control del Registro Sanitario.
La información del rotulado debe coincidir con la fórmula, la presentación, el fabricante, el país de origen y los demás datos consignados en el expediente sanitario.
Normas Técnicas Peruanas sobre el etiquetado de bebidas alcohólicas
INACAL ha aprobado diversas Normas Técnicas Peruanas para establecer requisitos de calidad, composición, denominación y rotulado según el tipo de bebida.
Entre ellas se encuentra la NTP 210.027:2011, referida al rotulado de bebidas alcohólicas. También existen normas específicas para bebidas vitivinícolas, pisco, cócteles, ron, vermouth y otras categorías.
Las NTP sirven como referencia técnica fundamental. Sin embargo, es necesario verificar si una norma específica ha sido incorporada o exigida por una regulación sectorial, un reglamento técnico, una denominación de origen o un procedimiento sanitario.
Información obligatoria según la normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas
Una etiqueta de bebida alcohólica debe contener información suficiente, clara, legible y verificable. Los requisitos exactos pueden cambiar de acuerdo con la categoría del producto, pero normalmente se debe considerar lo siguiente.
Denominación del producto
La etiqueta debe indicar la naturaleza real de la bebida. No es suficiente utilizar únicamente una marca o un nombre comercial creativo.
Por ejemplo, debe quedar claro si se trata de:
- Pisco
- Vino
- Cerveza
- Ron
- Whisky
- Vodka
- Licor
- Bebida alcohólica preparada
- Cóctel
La denominación debe guardar relación con la composición y el proceso de elaboración. Utilizar una categoría incorrecta puede inducir a error al consumidor y generar observaciones durante una fiscalización.
Marca y presentación comercial
La marca puede ocupar un lugar destacado en el diseño, pero no debe reemplazar la denominación legal del producto. También es recomendable identificar claramente la variedad, el tipo de bebida, el sabor o la forma de presentación.
En productos como vinos, pueden ser relevantes menciones como “tinto”, “blanco”, “rosado”, “espumante”, “semiseco” o “dulce”, siempre que correspondan a las características reales del producto.
Lista de ingredientes
La lista de ingredientes permite conocer las sustancias utilizadas en la elaboración de la bebida. Deben declararse los ingredientes y aditivos de acuerdo con las disposiciones sanitarias aplicables.
En una bebida alcohólica preparada pueden aparecer agua, alcohol, azúcar, jugos, extractos, colorantes, saborizantes, acidulantes, conservantes u otros componentes.
La fórmula utilizada en la etiqueta debe coincidir con la composición declarada ante la autoridad sanitaria. Si se cambia un ingrediente, sabor, concentración o aditivo, puede ser necesario actualizar la información sanitaria y el proyecto de rotulado.
Las empresas que producen varias presentaciones deben controlar que cada etiqueta corresponda a la fórmula correcta. Un error habitual es utilizar el diseño de un sabor o lote anterior para una bebida con composición distinta.
Contenido neto
El contenido neto debe expresarse en una unidad de volumen adecuada y ser coherente con la capacidad real del envase.
Algunas presentaciones habituales son:
- 330 ml.
- 500 ml.
- 750 ml.
- 1 litro.
- 1,5 litros.
La información debe ser visible y no confundirse con el peso del envase, el volumen de embalaje o la capacidad máxima del recipiente.
Grado alcohólico
El grado alcohólico debe expresarse como porcentaje en volumen, utilizando una indicación como “40% vol” o la forma técnica aceptada por la norma correspondiente.
Este dato debe coincidir con la especificación del producto, los controles de calidad y la información declarada para el Registro Sanitario. No debería modificarse en el diseño de la etiqueta sin verificar previamente la fórmula y las tolerancias aplicables.
Identificación del fabricante o importador
La etiqueta debe identificar al responsable de la fabricación, envasado o importación. Dependiendo del caso, puede incluir:
- Nombre o razón social.
- Domicilio legal.
- País de fabricación.
- País de origen.
- Datos del importador o representante en Perú.
- Número de RUC, cuando corresponda.
En productos importados, debe distinguirse el fabricante extranjero del importador o responsable comercial en el mercado peruano.
Para las empresas que producen internamente sus envases y etiquetas, contar con un fabricante de etiquetas adhesivas que conozca los requisitos de legibilidad, adherencia y resistencia puede ayudar a reducir errores durante la producción.
Número de lote
El lote permite rastrear la fabricación, el envasado y la distribución del producto. Debe ser visible, legible y mantenerse durante la vida comercial de la bebida.
Puede imprimirse directamente sobre la etiqueta o mediante un sistema variable aplicado después de la impresión. Lo importante es que el código sea comprensible para la empresa y pueda relacionarse con los registros de producción y control de calidad.
La codificación debe evitar ubicarse en zonas que se desprendan fácilmente, se borren con la humedad o queden ocultas por el embalaje secundario.
Fecha de vencimiento y conservación
La fecha de vencimiento debe declararse cuando corresponda por la naturaleza del producto o por las exigencias de la categoría específica.
En bebidas alcohólicas preparadas que contengan ingredientes perecibles, como leche, huevo u otros componentes sensibles, la declaración de vencimiento adquiere especial importancia.
También deben indicarse condiciones particulares de conservación cuando sean necesarias. Por ejemplo, una bebida puede requerir protección de la luz, almacenamiento en un lugar fresco o refrigeración después de abrirse.
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Advertencia sanitaria obligatoria
La frase que debe aparecer en los envases y empaques es:
TOMAR BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EXCESO ES DAÑINO
De acuerdo con el Reglamento de la Ley N.° 28681, la advertencia debe ocupar un área no menor al 10% de la etiqueta del envase y del empaque, según corresponda.
Esta frase debe cumplir condiciones básicas de presentación:
- Ser legible.
- Tener un tamaño visible.
- Mantener suficiente contraste con el fondo.
- No quedar cubierta por otros elementos.
- No ubicarse en un área que se desprenda fácilmente.
- Aparecer tanto en el envase como en el empaque cuando la regulación lo exija.
La advertencia no debe integrarse al diseño de manera que pierda visibilidad. Reducir el tamaño de la tipografía, colocarla sobre fondos complejos o ubicarla en una zona curva del envase puede dificultar su lectura y generar observaciones.
Registro Sanitario y rotulado
El Registro Sanitario es un aspecto central dentro de la normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas. Las bebidas industrializadas destinadas al consumo humano deben contar con la autorización sanitaria que corresponda.
Durante el trámite o la actualización del registro, DIGESA puede revisar información como:
- Nombre del producto
- Ingredientes y aditivos
- Proceso de elaboración
- Material del envase
- Vida útil
- Condiciones de almacenamiento
- Sistema de identificación del lote
- Proyecto de etiqueta
- Datos del fabricante e importador
La etiqueta que llega al mercado debe ser consistente con el proyecto aprobado. Si el registro corresponde a una botella de 750 ml, no necesariamente puede utilizarse el mismo rotulado para una presentación de 1 litro sin evaluar si la modificación requiere actualización.
Lo mismo puede ocurrir cuando cambia el fabricante, el importador, el país de origen, la fórmula, el sabor, el grado alcohólico o la denominación del producto.
Requisitos especiales en el etiquetado de bebidas alcohólicas por cada categoría
Pisco
El pisco está relacionado con una denominación de origen y debe cumplir las condiciones técnicas y de origen aplicables. Las empresas deben verificar que el producto pueda utilizar legalmente esa denominación y que la etiqueta no genere confusión sobre su procedencia o composición.
Vino
Las etiquetas de vinos pueden incluir información adicional como tipo de vino, variedad de uva, cosecha, origen, clasificación y características del producto. Estas menciones deben poder sustentarse técnicamente.
Cócteles y bebidas mixtas
Los cócteles y bebidas alcohólicas preparadas requieren especial cuidado porque suelen contener varios ingredientes, saborizantes, colorantes y componentes perecibles.
La etiqueta debe reflejar la composición real y no presentar el producto como una bebida tradicional o una categoría distinta si sus características no corresponden.
Cervezas
En el caso de las cervezas, además del nombre comercial y la denominación, debe revisarse el grado alcohólico, el contenido neto, la identificación del fabricante, el lote, los ingredientes y la advertencia sanitaria.
¿Las bebidas alcohólicas llevan octógonos?
Las advertencias publicitarias conocidas como octógonos están dirigidas principalmente a alimentos procesados y bebidas no alcohólicas que excedan los parámetros técnicos de azúcar, sodio, grasas saturadas o grasas trans.
Por ello, una bebida alcohólica no debe incorporar automáticamente un octógono por contener azúcar o calorías. No obstante, los productos de composición mixta o con clasificación particular deben analizarse individualmente, especialmente cuando se comercializan como bebidas sin alcohol, productos alimenticios o preparados con características especiales.
También es importante distinguir entre el etiquetado del envase y la publicidad. Una obligación aplicable a un anuncio, publicación digital o material promocional no siempre se traslada de la misma manera al rotulado físico.
¿Cómo debe ser el proceso de impresión y control de calidad en el etiquetado de bebidas alcohólicas?
El diseño de una etiqueta legalmente correcta debe mantenerse durante todo el proceso de impresión. No basta con aprobar el archivo gráfico: también es necesario controlar materiales, colores, adhesivos, tolerancias y sistemas de codificación variable.
El servicio de impresión flexográfica para etiquetas es una alternativa adecuada para producciones de volumen, especialmente cuando se requieren diseños consistentes, colores corporativos y acabados resistentes para botellas que estarán expuestas a humedad, refrigeración o manipulación constante.
Antes de iniciar una orden de impresión, conviene validar:
- Tamaño final de la etiqueta
- Área destinada a la advertencia sanitaria
- Legibilidad del grado alcohólico
- Ubicación del lote y fecha
- Resistencia del material
- Adhesión sobre vidrio, plástico o lata
- Compatibilidad con refrigeración o humedad
- Diferencias entre etiquetas para mercado nacional y exportación
- Correspondencia entre el diseño aprobado y la versión enviada a producción
Las etiquetas destinadas a botellas de vidrio pueden requerir adhesivos y materiales diferentes a los utilizados en envases plásticos o latas. Una etiqueta que funciona correctamente en condiciones secas puede deteriorarse cuando el producto se almacena en cámaras frías o se transporta con condensación.
Errores frecuentes que deben evitarse en el etiquetado de bebidas alcohólicas
Entre los incumplimientos más habituales durante el etiquetado de bebidas alcohólicas se encuentran:
- Omitir la advertencia sanitaria
- Colocar la frase en un espacio menor al exigido
- Declarar un grado alcohólico que no coincide con la ficha técnica
- Utilizar un número de Registro Sanitario que corresponde a otra presentación
- No indicar el país de origen en productos importados
- Presentar una marca llamativa sin denominación legal clara
- Omitir ingredientes o aditivos
- Imprimir un lote ilegible o que se borra con facilidad
- Usar una etiqueta antigua después de cambiar la fórmula
- Emplear afirmaciones medicinales o de salud no autorizadas
- Confundir requisitos de publicidad con requisitos del envase
- Imprimir grandes cantidades antes de concluir la revisión regulatoria
Recomendaciones para el cumplimiento de la normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas
Para cumplir con la normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas, la revisión del rotulado debe comenzar antes de diseñar la etiqueta. El área regulatoria, calidad, marketing y producción deberían trabajar sobre una misma ficha maestra del producto.
Esa ficha puede incluir la denominación, fórmula, grado alcohólico, contenido neto, fabricante, importador, Registro Sanitario, lote, vida útil, advertencia y norma técnica aplicable.
También es recomendable establecer un procedimiento de aprobación que incluya:
- Revisión legal y sanitaria
- Validación de la información técnica
- Revisión ortográfica y de traducción
- Aprobación del diseño
- Prueba física sobre el envase
- Verificación de legibilidad
- Liberación de la orden de impresión
- Control del primer lote producido
Cuando se trabaja con proveedores externos, el servicio de impresión de etiquetas debe recibir una versión final controlada, con número de revisión y fecha de aprobación. Esto evita que se utilicen archivos obsoletos o diseños que todavía contienen información pendiente de validación.
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Regulaciones de la normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas
La normativa de etiquetado de bebidas alcohólicas en Perú exige mucho más que colocar una marca y el nombre del producto. Las empresas deben controlar la denominación, los ingredientes, el contenido neto, el grado alcohólico, el lote, el origen, los datos del responsable, el Registro Sanitario y la advertencia obligatoria.
Además, cada categoría puede tener requisitos particulares. Por esa razón, una etiqueta para pisco no debe revisarse exactamente igual que una etiqueta para vino, cerveza, licor o cóctel.
Una adecuada coordinación entre las áreas regulatoria, sanitaria, diseño, producción e impresión permite prevenir errores y asegurar que la bebida llegue al mercado con información clara, trazable y conforme con las disposiciones peruanas. Para tirajes amplios o presentaciones con varios acabados, un servicio de impresión de etiquetas con controles de preprensa y verificación de archivos puede ser especialmente útil.